La Dirección General de Ingresos emitió la resolución 201-2338 del 1 de abril de este año por la cual se extiende el plazo de la entrega de registros contables de las personas jurídicas a los agentes residentes hasta octubre de 2022.
07 abril 2022 |
Los motivos para este plazo, de acuerdo con la resolución, que los plazos están por cumplirse y que actualmente se están implementando mecanismos para la implementación de dichas obligaciones, se necesita ampliar los plazos.
La ley 52 del 27 de octubre de 2016 estableció la obligación a las personas jurídicas para llevar los registros contables y mantener el respaldo por al menos un periodo de cinco años, y en la modificación a está ley con la Ley 254 del 11 de noviembre de 2021 en la que se estableciendo requerimientos adicionales indicando que los registros contables deben ser proporcionados al agente residente, para su custodia, a más tardar dentro de los cuatro meses siguientes al vencimiento del cada año fiscal, o dicho de otra forma 30 de abril de cada año.
Durante años Panamá tuve presión por mostrar mayor transparencia fiscal y uno de los requisitos fue que se llevarán registros contables de las empresas offshore, esto marcaba como una deficiencia en las evaluaciones internacionales-
Un tema que también fue requisito para salir de la lista de paraíso fiscal en la que colocó Francia a Panamá en el 2017.