Zulay Rodríguez presenta anteproyecto de ley por medio del cual se establecen indemnizaciones, por responsabilidad objetiva del Ministerio de Vivienda y sus empresas contratistas, por los daños y perjuicios resultantes de obras de construcción en la Ciudad de Colón.
09 agosto 2018 |
En su exposición de motivos, la diputada Zulay Rodríguez explica que La Autoridades de la República, están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes de los ciudadanos.
Si bien es cierto que el Gobierno tiene el derecho constitucional de llevar a cabo obras públicas, y que el interés público debe privar por encima del interés privado, todos los funcionarios de gobierno tienen la obligación de ser diligentes en la protección de los bienes de los asociados.
Este deber de protección se debe manifestar en la previsibilidad de los acontecimientos que pueden afectar a los asociados.
Las obras públicas deben diseñarse con la mayor eficiencia en sus diseños y en las obras que se requieran para evitar que se afecten los derechos de los asociados.
Es imposible aceptar que las obras públicas se diseñen sin diligencia alguna en cuanto a la previsión de sus efectos perjudiciales y es intolerable además, que en su ejecución no se tomen en cuenta los adecuados controles que eviten que las inclemencias del tiempo incrementen aun más tales efectos perjudiciales.
En las obras del Distrito de Colón, es un hecho público y notorio que no se analizaron ni diagnosticaron de manera adecuada las condiciones de los drenajes de aguas pluviales ni se limpiaron y adecuaron las mismas como paso previo a las obras de construcción. Tampoco se adoptaron las precauciones necesarias para evitar que los materiales de las obras se sedimentaran y fueran a dar a los drenajes, colapsando aún más el sistema, todo lo cual constituye grave negligencia que ha producido cuantiosos daños económicos y emocionales en la población.
En dichas obras tampoco se tuvieron las previsiones necesarias que evitasen el colapso económico de muchas empresas, con la consiguiente pérdida de miles de puestos de trabajo.
Si queremos un verdadero cambio de actitud de los funcionarios públicos en el desarrollo de las obras de gobierno, debemos poner un fin claro y contundente a la pésima costumbre del actuar sin consecuencias.
Las consecuencias tienen responsables y los responsables tienen que cargar con las consecuencias de sus actos.
Este proyecto de Ley indemniza a todos los que han sufrido perjuicios; los indemniza en base al concepto de responsabilidad objetiva, con lo cual no tienen que probar la culpa, sólo tienen que probar el daño y la relación de causalidad entre las obras negligentes y su afectación.
Se indemniza a las empresas, a los trabajadores, a las empresas aseguradoras y se indemniza a los panameños y panameñas de la tercera edad.
El monto de las indemnizaciones será recuperado de manera directa, de las empresas constructoras que hayan sido negligentes y los de los montos que no se puedan recuperar de esta forma, deberán responder de manera directa, los propios funcionarios.
Esta Ley constituye, además de una base que debe re diseñar los niveles de responsabilidad por los daños causados en obras públicas, un alto a la indolencia gubernamental.
Provincia de Colón
Provincia de Colón. Su capital es Colón y está dividida en cinco distritos que son: Donoso, Chagres, Colón,Portobelo y Santa Isabel y en 91 corregimientos. Se le considera una ciudad comercial por la Zona Libre y el Canal de Panamá.
Habitantes: 232 748 habitantes (censo 2010).
Extensión: 4 868,4 km².