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Asamblea aprueba en segundo debate reformas a la ley de medicamentos

El Proyecto 841, que lleva las modificaciones y adiciona artículos a la Ley 1 de 2001 de los medicamentos y otros productos para la salud humana fue aprobado por el Pleno de los diputados, pero con la división del mismo proyecto, debido a que la parte de la accesibilidad para la compra se tratará más adelante.

16 marzo 2023 |

Según lo expuesto la semana pasada por el Presidente de la Asamblea Nacional, Crispiano Adames Navarro, el proyecto tiene evaluaciones técnicas que se complementan con la división de la compra de los medicamentos.

El diputado Ramos Tuñón, presidente de la Comisión de Trabajo y Salud, sostiene que el proyecto tratado por casi dos años, entre consultas con todos los sectores, obtuvo el respaldo hasta de los diputados Independientes, pero sí le hizo ruido que algunos colegas de su propia Bancada no lo apoyaran y que no estuvieran presentes alguna parte gubernamental.

El diputado Ramos Tuñón, explicó a la prensa tras aprobarse en segundo debate, que las modificaciones son más bien de forma y que prácticamente de deja el contenido de la Ley.
Entre estas están la homologacion del Registro Sanitario, y el Registro Sanitario de fuentes externas de fabricación que se dan cuando una empresa es de alto estándar y se abre el compás de reconocimiento que antes no se permitía, y dependiendo de la cercanía se hagan las compras más baratas.
También aborda el tema del conflicto de interés y viabilidad que ayudará a que se tenga expedición de registros sanitarios.

Por último el diputado Ramos expresa que se rompe el monopolio y se apertura el mercado en áreas distintas.

El marco legal faculta la creación de nuevos laboratorios de análisis para aliviar la tarea existente, además de permitir que países de alto estándar en materia de medicamentos puedan competir para ofertar sus productos.

Un punto importante que consta el proyecto, es que faculta al Ejecutivo para que en cualquier momento y de manera excepcional establezca precios topes a los medicamentos, a fin de preservar el interés del consumidor, en circunstancia en que el comportamiento de los precios en el mercado nacional, no guarde relación con los precios de dichos productos en el mercado internacional, similares al mercado panameño.

Para los propósitos de esta norma, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), recomendará cada 6 meses al Ejecutivo, luego del análisis correspondiente, la propuesta de productos medicinales y precios topes que se aplicarán a nivel nacional.

Asimismo, durante el periodo de vigencia de la medida, los importadores y distribuidores podrán solicitar la revisión y/o eliminación del precio tope de un medicamento específico de acuerdo con el procedimiento legal correspondiente.

La legislación instruye a la Acodeco para que realice un análisis de las tendencias de los precios nacionales comparados con los internacionales, a fin de hacer las recomendaciones al Ejecutivo.

Los precios topes que se fijen, comenzarán a regir a los 30 días después de promulgado el decreto que los fija y tendrá una vigencia de 6 meses que podrán ser prorrogados una sola vez por seis meses.

Este proyecto también motiva para que cualquier agencia distribuidora y comercializadora de medicamentos autorizada por la Dirección Nacional de Farmacias y Droga, pueda solicitar un certificado de homologación de certificado de registro sanitario de un medicamento fabricado en un país de alto estándar de fabricación.

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