De acuerdo al Decreto 29 de 30 de mayo de 2022, que convoca a la Elección General del 5 de mayo de 2024 y aprueba su reglamentación, a partir de este 1 de febrero de 2023 todos los partidos políticos deberán convocar a sus procesos internos partidarios para escoger a sus candidatos a cargos de elección popular.
27 enero 2023 |
Según lo indica el artículo 210 del Código Electoral, desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 4 de mayo de 2024, los partidos políticos deberán presentar la documentación que sustenta los gastos de “propaganda electoral”, que corresponden al 70 % del financiamiento público preelectoral.
Mientras que del 1 de febrero de 2023 hasta el 4 de junio de 2024 los colectivos deben presentar la documentación que sustenta los “otros gastos de campaña” que corresponden al 30 % del financiamiento público preelectoral, es decir egresos no relacionados con la propaganda electoral.